Si eres socio/a, esta será tu desgravación total en el caso de que lleves un año colaborando (12 cuotas). Si llevas menos de 12 meses como socio, tu desgravación será proporcional a los meses en los que hayas colaborado durante ese año fiscal.
Si en los dos últimos años has colaborado con la misma ONG la deducción será del 45% en lugar del 40% para ese importe restante (siempre y cuando la donación sea igual o superior cada año a la del ejercicio anterior).
Información válida para el total de aportaciones de personas físicas a entidades benéficas, con un límite de base liquidable del 10%.
No aplicable a País Vasco y Navarra.
Nota: El Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre modificó varios aspectos de la Ley 49/2002 entre ellos los porcentajes de deducción aplicables a los donativos a entidades sin fines lucrativos. Estas modificaciones entraron en vigor 1 de enero de 2024 y por ello en la declaración de IRPF correspondiente a 2023, se aplican los porcentajes de deducción anteriores a su entrada en vigor. Es decir, el 80% de deducción se aplica a los primeros 150€ donados, y la cantidad restante tiene una deducción del 35% o del 40% si se ha donado al menos el mismo importe a la misma ONG en los dos ejercicios anteriores. (Última actualización: octubre de 2024)